Miembros de la tripulación de lesiones y accidentes (cruceros, yates, Remolcadores, Barcazas, Ferries, etc ...)

Miembros de la tripulación que sean capaces de satisfacer la "condición de gente de mar" las condiciones del derecho marítimo tienen derechos especiales y recursos no ofrecen a otros trabajadores. Por ejemplo, un empleado en tierra es generalmente desnudo para demandar a su empleador debido a la inmunidad otorgada en virtud de la Ley de Compensación de Trabajadores. Esto no es cierto para un marino, que puede demandar a su empleador bajo un estatuto federal llamada "Acta Jones". Además, un empleado en tierra no es capaz de obrar según las teorías de la responsabilidad objetiva. Sin embargo, esto tampoco es cierto con respecto a un marinero de la Ley Jones, que posee una reclamación adicional por "falta de navegabilidad" en contra de un yate o del armador. En virtud de un reclamo navegabilidad, un marinero de la Ley Jones puede demandar por la mera existencia de una condición peligrosa que de alguna manera contribuye a una lesión. Esto es cierto incluso si el barco o el armador no tenían conocimiento de la condición peligrosa antes de que se causara una lesión. Jones marineros Ley gozan de estos y otros derechos especiales en el reconocimiento de los peligros y riesgos asociados con sus tareas de a bordo.

Un marinero que está lesionado puede demandar a su empleador y / o propietario del buque en virtud de las teorías de:

  1. Jones Ley de negligencia
  2. Unseaworthiness
  3. Maintenance y curar
  4. Salarios Unearned o enfermos
  5. Breach de contrato
  6. salarios Earned aprobación de la gestión del empleo
  7. Wrongful reclamaciones
  8. Additional

Cada una de estas demandas requiere que ciertos elementos se demostrará ante el juez o el jurado para decidir su caso. Si uno solo de los elementos necesarios no se ha demostrado, una o más de sus reclamos pueden ser despedidos. Esto significa que no recibirán compensación por sus lesiones. Saber qué elementos deben ser probados en cada reivindicación marítima y para probar estos elementos es la actividad de un profesional con experiencia marítima y el comercio perfeccionado por Brais Brais y Rusak durante casi 30 años.

Los abogados de la Firma de Brais Brais y Rusak tienen la experiencia para proteger sus derechos, la compensación para servir sus necesidades, y la habilidad para obtener la compensación que se merece. Para contactar a nuestro abogados, puede hacer clic en el correo electrónico de la Firma, llamar al 800-499-0551 o haga clic en Contáctenos para seleccionar y completar un formulario para una evaluación gratis de su caso.


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